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Javier Milei desafÃa al Congreso: podrÃa nombrar 2 jueces de la Corte Suprema de Justicia por decreto
El presidente de la Argentina, Javier Milei, podrÃa designar por decreto a dos jueces de la Corte Suprema de Justicia durante el receso parlamentario. Si bien la Constitución Nacional ampara esta facultad en su artÃculo 99 inciso 19, la decisión plantea cuestionamientos sobre la legitimidad polÃtica de obviar la opinión del Congreso, el órgano representativo del pueblo. Según el abogado constitucionalista Félix Lonigro, la designación de jueces en comisión, es decir, durante el receso legislativo, es una atribución plenamente constitucional.
«El presidente puede llenar las vacantes en empleos que requieren acuerdo del Senado mientras este no esté sesionando. Sin embargo, estas designaciones son provisorias y deben ser confirmadas o rechazadas por el Senado en la próxima sesión ordinaria», explicó Lonigro en Radio Perfil, en una entrevista para Jorge Fontevecchia.
En ese marco, los jueces designados por este procedimiento podrÃan ejercer funciones hasta el 28 de febrero de 2026, salvo que el Senado se pronuncie antes. Este mecanismo, aunque controvertido, no vulnera la Constitución y ha sido utilizado en el pasado, incluso por Mauricio Macri, quien designó a dos jueces de la Corte de forma similar en 2015.
El conflicto polÃtico
Pese a la validez jurÃdica, Lonigro enfatizó que la discusión es polÃtica. Aunque técnicamente es una facultad presidencial, la designación por decreto puede interpretarse como un desprecio a la representación legislativa, que encarna la voluntad popular. La ausencia de consulta al Senado y a la propia Corte Suprema podrÃa minar la legitimidad de los nombramientos.
Además, el eventual nombramiento de jueces cuestionados, como Ariel Lijo, ha generado crÃticas de diversos sectores. «Yo no hubiera llevado el pliego de Lijo», afirmó Lonigro, aludiendo a los señalamientos que enfrenta el magistrado. También cuestionó la falta de diversidad de género, al señalar que hubiera preferido nombrar a dos mujeres en la Corte.
¿Es necesario cubrir ahora las vacantes en la Corte?
Lonigro sugirió que antes de proceder con las designaciones, el Ejecutivo deberÃa consultar a la Corte Suprema sobre la necesidad real de cubrir las vacantes. «Si la Corte considera que puede funcionar con tres jueces de manera temporal, no habrÃa urgencia para designar de inmediato», señaló. Esta consulta podrÃa haber evitado la controversia polÃtica.
El antecedente de Mauricio Macri en 2015, cuando designó por decreto a dos jueces, fue ampliamente cuestionado y obligó al entonces presidente a enviar los pliegos al Senado posteriormente. La situación actual podrÃa seguir un camino similar, alimentando el debate sobre los lÃmites entre lo legal y lo legÃtimo.
Aunque la decisión de Milei no viola la Constitución, sà podrÃa interpretarse como un gesto unilateral que ignora los mecanismos de diálogo y consenso propios de una democracia republicana. Consultar al Senado y considerar las opiniones de sus miembros fortalecerÃa la legitimidad de cualquier decisión en torno a la Corte Suprema.















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