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Ratificaron a Sandra Arroyo Salgado al frente del caso de Edgardo Kueider: le pidieron prudencia
La Cámara Federal de Apelaciones de San MartÃn rechazó la recusación contra la jueza Sandra Arroyo Salgado, que habÃa presentado el exsenador Edgardo Kueider. De esta manera, la jueza permanecerá al frente de la causa que investiga al dirigente por presunto enriquecimiento ilÃcito, asociación ilÃcita y lavado de dinero en Argentina, además de otro caso que avanza en Paraguay por tentativa de contrabando al ingresar al paÃs vecino con más de 200.000 dólares.
La decisión fue firmada por el juez Juan Pablo Salas, de la Sala I del Tribunal, quién rechazó que Arroyo Salgado hubiera actuado con «falta de parcialidad» en la causa. La solicitud habÃa sido presentada por Juan MartÃn Cerolini, abogado de Kueider y de Iara Guinsel Costa, coimputada en la causa. Ambos imputados cumplen la prisión preventiva domiciliaria en un lujoso departamento en Asunción, Paraguay, el cual también fue motivo de polémica.
Cabe recordar que Sandra Arroyo Salgado impulsó un pedido de desafuero la mañana en que el Senado se proponÃa tratar la expulsión de Kueider. Ante esto, el abogado de los imputados la acusó de participar en un operativo para destituirlo y la acusó de formar parte de un «plan sistemático orquestado por la polÃtica» del cual ella se benefició.
Pedido de prudencia
Ante a esto, el camarista Juan Pablo Salas manifestó que Arroyo Salgado «no ha exteriorizado manifestaciones que conlleven a suponer algún grado de enemistad o parcialidad contra el imputado, limitándose a informar el curso de la investigación vigente sin comprometer o adelantar opinión que implique la pérdida de su objetividad o imparcialidad»
Además, el camarista pidió a la jueza federal «prudencia» en sus declaraciones públicas: «La exposición de la magistrada en la entrevista apuntada, aun cuando no exteriorizó manifestación que implique un prejuzgamiento o pérdida de su imparcialidad ante los hechos materia de investigación, no parece exhibir la cautela que el caso requiere, ni que su investidura aconseja, máxime cuando existen canales disponibles dentro de la estructura institucional del Poder Judicial de la Nación para satisfacer el derecho a la información y su difusión como modo de garantizar la publicidad de los actos de gobierno que provenga de la actividad jurisdiccional en justo equilibrio con otros derechos y garantÃas constitucionales», añadió.















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